Mi suministro es de GLP, ¿Cómo puedo recibir mi factura?
Activa tu factura electrónica a través del Área de cliente. Allí podrás actualizar tu email de contacto, además de poderte descargar las facturas de los 2 últimos años.
Todos ganamos con esta medida, almacénala fácilmente en tu equipo o smartphone y pon tu granito de arena en el cuidado del medio ambiente, limitando el uso del papel.
¿De qué se compone mi factura de suministros?
Con carácter general, la factura de suministro comprende la siguiente información y conceptos:
- Fecha de emisión y periodo de consumo.
- Consumo real o estimado, en m³, registrado en el ciclo de consumo.
- Conversión a kWh de dicho consumo. La Regulación vigente nos dice que debemos facturar en esta magnitud, y se especifica la conversión de acuerdo a la Normativa.
- Euros facturados en concepto de Término Fijo, según el periodo y el precio vigente publicado en BOE.
- Euros facturados en concepto de Término Variable, según el consumo y el precio vigente publicado en BOE.
- Otros conceptos como el alquiler del contador propiedad de la distribuidora o el canon por el alquiler y mantenimiento de la instalación comunitaria (IRC), según corresponda.
¿Qué tarifa es la más adecuada?
En contratos GLP (Propano) solo existe una tarifa. Los precios los fija mensualmente el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y se publican en BOE.
En contratos GN o GNL la Distribuidora factura el peaje por el uso de sus redes y existen varios grupos tarifarios en función de los consumos anuales. Los más habituales en doméstico son:
R1 – para consumos iguales o inferiores a 5.000 kWh/año
R2 – para consumos de 5.000 a 15.000 kWh/año
R3 – consumos de 15.000 a 50.000 kWh/año
No obstante, la contratación de GN o GNL la debe realizar el usuario final con una empresa Comercializadora por lo que la tarifa se fija en el contrato que el cliente suscribe con su empresa Comercializadora en base al caudal anual demandado, que dependerá de los aparatos de gas (Caldera, Calentador o Cocina) de que conste la instalación o del uso que se vaya a hacer del suministro.
¿Qué derechos de contratación me pueden ser facturados?
Aparte de la Inspección Reglamentaria, existen una serie de derechos facturables por la Distribuidora, regulados por las CCAA y publicados en los diferentes Boletines Oficiales de cada una de ellas, en relación con los trabajos que debemos llevar a cabo en tu vivienda para efectuar el alta o interrumpir y reanudar el suministro, si se diera el caso.
Puedes consultar los precios vigentes en nuestra página web aquí.
¿Cuánto cuesta el alta?
En alta en primera ocupación se pagan dos conceptos:
- Derechos de Alta: percepción económica al contratar la prestación del servicio de suministro, los precios son regulados y varían en función de la Comunidad Autónoma. Se abonan cada vez que se efectúa el alta del suministro
- Derechos de Acometida: contraprestación por la ejecución del conjunto de instalaciones y/o las operaciones necesarias para atender un nuevo punto de suministro o para la ampliación de la capacidad de uno ya existente. Una vez el suministro se da de baja, estos derechos permanecen asociados al punto de suministro durante un plazo de cinco años. Se publican en BOE
Los importes actualizados de ambos conceptos pueden consultarse aquí.
¿Con qué periodicidad se factura el gas?
Redexis factura a sus clientes directos (GLP/Propano) con carácter bimestral salvo en aquellos casos en que el consumo sea superior a 50000 kWh/año que pasa a ser mensual. Esto aplica también a las facturas de peaje que la Distribuidora emite a la Comercializadora.
No obstante en el caso de suministros de Gas Natural, la facturación al usuario final la emite la empresa Comercializadora, por lo que la periodicidad dependerá de los acuerdos alcanzados entre Cliente y Comercializadora
¿Cómo se calcula el consumo?
La medición del consumo realizado en los suministros GLP se realiza mediante contador que cuantifica en unidades volumétricas (metros cúbicos), mientras que los precios de venta de los gases licuados del petróleo por canalización se fijan mensualmente en €/kg. Para realizar la conversión de m3 a Kg se aplica un factor que resulta diferente dependiendo del municipio en que se ubique el suministro y de la presión.
En cuanto al Gas Natural, la conversión de m3 a kWh se realiza aplicando el factor de conversión establecido por el gestor técnico del sistema Enagas.